Esta semana en Cuba, nuevas regulaciones de impacto social y económico (Panorama semanal)

Varias normativas fueron publicadas en la semana del 15 al 19 de julio en la Gaceta Oficial de la República de Cuba con un gran impacto social y económico, encaminadas en su mayoría a dar respuesta o contribuir al cumplimiento de medidas y resoluciones hechas públicas con anterioridad.
Entre ellas destaca la Instrucción 3 del Ministerio de Comercio Interior (MINCIN), la cual forma parte de la implementación de la Resolución No. 54 de 2018, que establece los derechos y deberes de los consumidores, así como las obligaciones específicas de los proveedores de productos y servicios.
La nueva instrucción se aplica en los establecimientos que realizan la actividad de comercio, relacionados con la venta de mercancías, gastronomía, servicios técnicos y personales y alojamiento, y plantea que los clientes pueden tomar fotografías a los bienes que se comercializan, así como a los precios de su interés.
De detectarse alguna violación, menciona las instancias a las cuales las personas deben dirigirse, y expresa que los consumidores pueden acceder a los locales con niños menores en sus coches, así como en sillas de rueda los que presenten discapacidad físico motora, circulando por las áreas y pasillos, evitando obstruir el paso o impactar contra el mobiliario y la mercancía.
La Resolución 99 del MINCIN, por su parte, flexibiliza las regulaciones para la adquisición por autogestión de productos alimenticios, frescos o elaborados, por las empresas, unidades empresariales de base, unidades básicas y establecimientos del sistema del comercio interior subordinadas a los órganos locales del Poder Popular.
Por la mediante, tales entidades quedan facultadas para comprar estos y otros productos e insumos, a personas naturales y jurídicas, en aras de incrementar sus servicios y calidad de estos.
Las empresas y unidades empresariales de base deberán realizar los pagos a las personas naturales y jurídicas mediante la utilización de cuentas bancarias y usar el efectivo solo para pagos menores, según lo establecido en la legislación vigente.
Esta semana, además se publicó la Resolución 146 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), la cual autoriza que los precios en pesos cubanos de las mercancías comercializadas de forma directa entre los productores agropecuarios y los establecimientos hoteleros y gastronómicos del sector turístico, se pacten por acuerdo entre las partes. Fija que estos no se financian por el Presupuesto del Estado.
La Resolución 159, del mismo organismo, plantea que cuando se autorice la transportación de materiales de la construcción hasta la vivienda de la persona afectada por daños producidos en casos de desastres, el gasto por esa acción se asume con el Presupuesto asignado a la Dirección Municipal de la Vivienda, y en el caso de Artemisa y Mayabeque por la Unidad Administrativa Central Municipal.
También se hizo pública la Resolución 16 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que establece el aumento de la pensión de los jubilados del Régimen General de Seguridad Social beneficiados con el incremento aprobado a finales de 2018, de 242 a 280 pesos mensuales.
Quienes no se encuentran en este grupo y cobran pensiones de 242 hasta 499 pesos mensuales, reciben un incremento gradual hasta 500 pesos mensuales. Las pensiones comprendidas desde 401 a 455 pesos mensuales, reciben un incremento de 45 pesos cada una y desde 456 hasta 499, se elevan hasta 500 pesos.
Establece, además, que se mantiene el incremento de 70 pesos mensuales a los núcleos familiares que reciben prestaciones monetarias temporales de la Asistencia Social.
Finalmente, la Resolución 25 del MFP, aprueba la escala y tarifas salariales de aplicación a los trabajadores de todas las categorías ocupacionales que laboran en las unidades presupuestadas, en correspondencia con las medidas anunciadas recientemente.
Dispone para quienes cumplen el Servicio Social – cuando no ocupan plazas- los salarios mensuales siguientes: niveles Medio y Medio Superior 510 pesos para los que pertenecen al Régimen de trabajo y descanso 44 horas semanales; y 464 pesos para el de 40 horas semanales. En el caso del Ciclo Corto y Nivel Superior, 865.00 para el Régimen de trabajo y descanso 44 horas semanales y 786 para el de 40 horas semanales.
La resolución dispone los casos en los que se mantienen los pagos adicionales mensuales, entre los que destacan las condiciones laborales anormales y turnos rotativos, a la vez que deja sin efecto otros tipos de retribuciones.
Cuba vive un intenso y continuo proceso de actualización de sus normas vigentes en aras de estar a tono con su nueva Constitución, pero también en el afán de continuar perfeccionando su modelo económico y avanzar así, como afirmara su Presidente Miguel Díaz-Canel, hacia una economía próspera y sostenible.
