El Anteproyecto del nuevo Código del Trabajo, un documento calificado como “muy futurista” y con amplias novedades que amparan a todos los trabajadores, será sometido a un amplio proceso de consulta en los colectivos laborales de Ciego de Ávila a partir del próximo 8 de septiembre y hasta el 30 de noviembre.

Así lo confirmó en entrevista con Invasor Niurka Ferrer Castillo, secretaria general del Comité Provincial de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), quien destacó la importancia de que los trabajadores avileños conozcan, y enriquezcan con sus criterios, esta legislación que regirá la vida laboral en el país.

“Es un código amplio que modificará todo el tratamiento laboral existente hasta ahora. Contempla todo lo que tiene que ver con la vida de los trabajadores; ampara al sector no estatal, que antes no estaba refrendado; ofrece protección a la mujer, y dedica un capítulo especial a los dirigentes sindicales”, explicó Ferrer Castillo.

 

La dirigente sindical recalcó que la preparación para este proceso no comenzó ahora. “Nosotros comenzamos en mayo. A raíz de una preparación nacional, hemos venido capacitando a dirigentes sindicales, juristas y a los compañeros que van a estar en los puestos de mando en los 10 municipios”, detalló.

Señaló que es un programa dirigido por el Partido y el Gobierno, con la participación protagónica de la CTC y sus sindicatos, y cuyo “reto fundamental es llegar al 100 por ciento de los trabajadores, incluidos los del sector no estatal y aquellos que no estén afiliados”.

El proceso iniciará al unísono con el resto del país. La primera asamblea de consulta piloto en la provincia se efectuará el 8 de septiembre en la Empresa de Materiales de la Construcción (Avilmat), con la participación de 60 trabajadores.

“El 9 de septiembre, los 10 municipios realizarán su asamblea piloto. Y el día 11 los 15 sindicatos provinciales harán lo propio en sus sectores”, precisó Niurka Ferrer.

A partir de ahí, se desplegará un intenso cronograma que prevé la celebración de más de 2000 reuniones de consulta en los tres meses previstos, concentrando la mayor cantidad de ellas en octubre y noviembre.

Ferrer Castillo fue enfática al explicar que todos los criterios de los trabajadores serán recogidos. “En cada reunión se levantará un acta donde se plasmarán las propuestas, que se clasificarán en cuatro aspectos: adición, sustracción, modificación o duda”.

Estas actas serán procesadas por un puesto de dirección municipal y luego remitidas a la provincia, donde un grupo multidisciplinario de especialistas, juristas e informáticos las revisará, computarizará y enviará al puesto de dirección nacional.

“Allí se recogerán todos los planteamientos del país para su análisis. El objetivo es que el proyecto final que se apruebe en la Asamblea Nacional del Poder Popular el próximo año, lleve la huella de los trabajadores cubanos”, afirmó.

Para garantizar que los trabajadores lleguen informados a las asambleas, a partir del 1ro. de septiembre el anteproyecto estará disponible en todos los medios digitales. Además, se pondrá a disposición una APK (aplicación móvil) que incluye preguntas y respuestas, las principales modificaciones y los antecedentes del documento.

También se distribuirá un tabloide en los colectivos laborales para servir como material de apoyo y consulta.

La Secretaria General de la CTC provincial hizo un llamado a la seriedad del proceso: “Hay que buscar un lugar adecuado, no es una reunión de media hora. Es importante que defendamos que el proceso sea con la calidad requerida, porque este código regirá la vida laboral durante un gran período”.

Subrayó que este es un “ejercicio de democracia único en el mundo”, que permite a la masa trabajadora, conductora de la economía nacional, opinar y decidir sobre el documento que normará sus derechos laborales.

Novedades del Anteproyecto del Código de Trabajo

• Ámbito de aplicación universal: El nuevo código será aplicable a todas las personas trabajadoras, con independencia del sector en el que laboren (estatal o no estatal), y a cualquier empleador, incluyendo las formas de gestión no estatal, que quedan obligados a cumplir lo legislado.

• Protección reforzada contra la discriminación por embarazo: Se prohíbe explícitamente que el empleador pueda terminar la relación laboral por motivos de embarazo, o condicionar la contratación, permanencia o promoción en el empleo de las trabajadoras debido a ese estado.

• Cambio del principio de idoneidad por capacidad: Se sustituye el principio de «idoneidad demostrada» por el de «capacidad demostrada» para la incorporación al empleo, la permanencia, la promoción, la capacitación y la superación. Esto introduce un enfoque de gestión por competencias.

• Prohibición del uso abusivo del contrato temporal: Se prohíbe utilizar el contrato por tiempo determinado para labores de carácter permanente.

• Inclusión de personas con discapacidad: Establece pautas que deben cumplir los empleadores para garantizar el acceso, movilidad y desarrollo de las personas en situación de discapacidad.

• Reconocimiento del Trabajo a Distancia y Teletrabajo: Se consagra el derecho a utilizar el trabajo a distancia o teletrabajo cuando sea posible, y también cuando concurran circunstancias personales como el cuidado de familiares en situación de dependencia.

• Modificación de la Edad Laboral: Se modifica la edad mínima para establecer relaciones de trabajo, pasando de 17 a 18 años.

• Protección de los ingresos: Los empleadores, incluidos los del sector no estatal, tienen la obligación de proteger los ingresos de la persona trabajadora ante interrupciones laborales o el cese de la relación de trabajo.

• Modificación del Procedimiento para recién graduados: Plantea cambios en el procedimiento para la asignación de los recién graduados y el cumplimiento del servicio social.

• Fortalece el rol del Sindicato: Ratifica que las decisiones fundamentales del empleador deben analizarse y aprobarse en la asamblea general de afiliados y trabajadores, que actúa como el órgano supremo de participación.

• Regulación salarial: Define los elementos que componen la remuneración, la protección al salario mínimo, los principios de los sistemas salariales y las garantías y condiciones de pago.

• Desarrollo de las relaciones colectivas: Desarrolla lo concerniente a las relaciones colectivas de trabajo, enfatizando la participación efectiva de los trabajadores y la negociación colectiva.

• Base constitucional e Internacional: Se fundamenta en la Constitución de 2019, estudia legislación comparada de 17 países, y se alinea con los 90 convenios internacionales de la OIT ratificados por Cuba y convenciones contra la discriminación.

Tomado de Invasor

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